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ALEJANDRO IRARRAGORRI, PRESIDENTE EJECUTIVO DEL SPORTING, ELUDE ACUSACIONES DE PRESUNTO FRAUDE FISCAL EN MEXICO


Las autoridades fiscales acusaban a Alejandro Irarragorri, presidente de Orlegi Sports, de un presunto fraude relacionado al ISR, Impuesto sobre la renta, del ejercicio del 2014, por una presunta evasión de más de 17 millones de pesos.

Un tribunal federal de segunda instancia determinó que no existen elementos claros para vincular a proceso a Alejandro Irarragorri, propietario del Club Santos Laguna, por una supuesta defraudación fiscal superior a los 17.069. 865 pesos mexicanos en el 2017.

El Tribunal Colegiado de Apelación de Torreón, Coahuila, consideró que en la operación financiera que la Fiscalía General de la República (FGR) imputó como ilegal no existió ninguna simulación o pretensión de engañar al fisco federal.

 Por ello, confirmó un fallo del Juez federal Mauricio Urzúa Hernández, adscrito al Centro de Justicia Penal Federal de Torreón, quien el pasado 7 de octubre decidió no procesar al directivo santista por el delito de defraudación fiscal.

“Se reitera, la determinación judicial (de Urzúa) resulta jurídicamente correcta, porque parte de una valoración integral, lógica y no fragmentada de los datos de prueba aportados, de los cuales no se desprende la existencia de artificios, simulaciones o mecanismos fraudulentos dirigidos a ocultar información o falsear la realidad fiscal de la contribuyente”.

 “Únicamente (se advierte) una controversia interpretativa respecto del tratamiento jurídico y tributario aplicable a determinados conceptos laborales, cuestión que, por sí sola, no puede trasladarse automáticamente al ámbito penal”, resolvió el Tribunal por unanimidad.

 En su apelación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaló al Juez de control de ser parcial y hasta de “aficionado” del Club de Futbol Santos de Torreón, ya que en la audiencia en la que resolvió no procesar a Iraragorri, hizo expresiones que -en su opinión- demuestran una “afinidad o interés personal” con el directivo.

En su descargo, el Colegiado concluyó que el juzgador “actuó conforme a los principios de legalidad, imparcialidad y debido proceso al valorar los datos de manera libre y lógica, respetando la igualdad procesal entre las partes”.

 Si bien ya son dos instancias judiciales las que determinan no procesar penalmente a Iraragorri, el litigio no termina con la sentencia del tribunal, ya que en estos casos el SAT suele presentar un amparo.
 

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