COMUNICADO OFICIAL DEL SPORTING SOBRE EL CASO WILLIAMS
En el día de ayer, el Consejo de Administracion del Real Sporting de Gijón S.A.D. ha
tomado conocimiento de la Resolución dictada por el Comité de
Competición de la Real Federación Española de Fútbol en el expediente
extraordinario incoado por los hechos acaecidos en el partido de Liga
disputado el 21 de agosto de 2016 con el Athletic Club de Bilbao.
Dicha Resolución impone al Real Sporting
de Gijón una sanción de cierre parcial, por un partido, del sector de
la grada del Estadio El Molinón en el que se produjeron los hechos, para
lo cual ha requerido al colegiado del partido al efecto de que
identifique en el plazo de cinco días la zona o sector concreto.
El Consejo de Administración del Real
Sporting expresa mediante el presente comunicado su más absoluta
disconformidad con la Resolución dictada, por entender que no es
ajustada a derecho, injusta y desproporcionada, como se pondrá de
manifiesto en el Recurso que se interpondrá ante el Comité de Apelación
de la propia Federación Española de Fútbol.
Consta acreditado en el expediente
disciplinario, que el Club cumplió diligentemente con sus obligaciones y
adoptó todas las medidas de prevención exigidas por la normativa y la
legislación vigente. Así lo establece el propio Informe de Incidencia de
Partido Oficial de la Liga y el Informe del coordinador de seguridad,
como máximo responsable de la coordinación de Seguridad en los
acontecimientos deportivos según la Ley 19/2007 de 11 de julio contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. Dicho
coordinador es miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, y asume las tareas de Dirección, Coordinación y Organización de
los servicios de seguridad, por lo que ostenta una presunción de
veracidad respecto a sus relatos acerca de los acontecimientos e
incidentes relativos a la seguridad en los encuentros.
En todos los informes de los Agentes
intervinientes en el encuentro no solo se pone en duda la existencia de
los hechos denunciados sino que se deja constancia del cumplimiento de
todas y cada una de las medidas de prevención establecidas por parte del
Real Sporting, así como de la imposibilidad de identificar a los
posibles responsables de los gritos denunciados, todo ello tras efectuar
el propio coordinador de seguridad diversos visionados de las imágenes
de la UCO (Unidad de Control Operativa), dependiente de la Liga de
Fútbol Profesional.
No obstante, la propia Ley es clara al
establecer que en el caso de que tomadas todas las medidas exigidas y
cumplidas las obligaciones diligentemente, aun aconteciendo un hecho que
pudiera calificarse como racista, violento o xenófobo, no debe éste
derivar en responsabilidad para el Club.
El Real Sporting va a agotar la vía
administrativa en defensa de sus derechos y el de sus abonados. Caso de
no ser revocada por esta vía la sanción impuesta, deja anunciado, desde
este mismo momento, que acudirá a la jurisdicción contenciosa
administrativa hasta conseguir dejar sin efecto la Resolución dictada.
El Real Sporting de Gijón siempre ha
mostrado su rechazo ante cualquier ofensa, falta de respeto o muestra de
intolerancia que pudiera afectar a los valores esenciales que deben
imperar en nuestra sociedad y en la celebración de cualquier evento
deportivo, y precisamente por eso no va a consentir ni tolerar que una
sanción de esta naturaleza manche el buen nombre de nuestra histórica
institución, así como el de una afición que pasa por ser modélica y cuyo
proceder tanto en El Molinón como en sus continuos desplazamientos es
reconocido públicamente como intachable.
El Consejo de Administración
En Gijón, a 17 de noviembre de 2016
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